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En lo concerniente a la Declaración de Capital, y con atención a la Ley 20.280 de fecha 04.07.08, que ha modificado el D.L. 3063 indicamos lo siguiente:
Con el objeto de realizar el trámite de declaración de Capital Propio, los contribuyentes deberán concurrir al Servicio de Impuestos Internos, entidad que a partir de la última modificación, deberá informar a las corporaciones edilicias, en el mes de mayo, sobre el monto de dicho capital.
Sin perjuicio de lo anterior, aquellos contribuyentes municipales que tengan sucursales, oficinas, establecimientos, locales u otras unidades de gestión, deberán concurrir en el mes de mayo a la Municipalidad donde se ubica su Casa Matriz, a objeto de declarar el número total de trabajadores, como así también la cantidad de trabajadores que se desempeñen en cada una de éstas Sucursales.
Es de suma importancia tener presente cuales son los principales cambios que ha tenido la Ley de Rentas Municipales en relación a las Patentes Municipales y declaración del número de trabajadores. Estos son:
I. En la determinación del Capital Propio, los contribuyentes que puedan deducir de éste, aquella parte que hubieren invertido en otras sociedades o negocios afectos al pago de patentes, puedan acreditar dicha situación, mediante certificado emitido por la o las municipalidades donde se ubiquen dichos negocios.
A la solicitud deben acompañar :
- Balance año 2009-
- Declaración jurada simple emitida por la empresa receptora
- Fotocopia de las patentes municipales (vigente), de ambas empresas
II. Aquellos contribuyentes que tienes sucursales, oficinas, establecimientos, locales u otras unidades de gestión, deben, dentro del mes de mayo, presentar una declaración que contempla el número total de trabajadores que labora en cada una de éstas.
A partir de la modificación del año 2005, se debe considerar el número de trabajadores que laboran en sucursales, oficinas, establecimientos, locales u otras unidades de gestión, cualquiera sea su condición o forma, incluidos los trabajadores de temporada y los correspondientes a empresas subcontratistas. Para lo cual los formularios pueden ser obtenidos desde esta página Web. (www.mpudahuel.cl).
A la solicitud deben acompañar Fotocopia de las patentes municipales de la casa matriz y de cada una de las sucursales.
Corresponderá a esta municipalidad receptora determinar y comunicar, tanto al contribuyente como a las municipalidades vinculadas, la proporción del capital propio que corresponda a cada sucursal, establecimiento o unidad de gestión empresarial. En virtud de tal determinación, las municipalidades en donde funcionen las referidas sucursales, establecimientos o unidades, calcularán y aplicarán el monto de la patente que corresponda pagar en cada caso, según la tasa o tasas vigentes en las respectivas comunas.
FORMULARIOS:
Formulario Declaracion Sucursales (Anverso)
Formulario Declaracion Sucursales (Reverso)
Formulario Solicitud de Rebaja de Inversiones
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