PARA POSTULACIÓN A SUBVENCIÓN
Las instituciones que requieran el otorgamiento de una subvención durante el año 2019 deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Completar FORMULARIO PARA SOLICITUD DE SUBVENCIÓN 2019, que deberá ir acompañado de a lo menos dos cotizaciones que indiquen el valor de los bienes, servicios u obras a las que estará destinada la subvención. Para el caso de organizaciones de adultos mayores de la comuna y aquellas vinculadas a temas relativos a situaciones de discapacidad sólo deberán presentar una cotización.
- Fotocopia de carnet de identidad de Presidente, Secretario y Tesorero de la Organización y en los casos que corresponda del Primer y Segundo Director.
- Acta de asamblea en el cual se aprueba la postulación a la subvención.
- En caso de reparaciones de inmuebles, las organizaciones deberán llenar FICHA DE EVALUACIÓN TÉCNICA DE MANTENIMIENTO DE OBRAS DIVERSAS elaborado por la Dirección de Obras, acompañado de certificado de dominio vigente o Permiso de Uso de Bienes Municipales.
- En el caso de tratarse de inversión en inmuebles que no sean propiedad municipal o Bien Nacional de Uso Público deberán acompañar una ACTA DE NO ENAJENACIÓN DE BIENES INMUEBLES, que deberá ir acompañada del listado de asistentes con nombre y firma.
- En caso de compra de bienes muebles deberá acompañar ACTA DE NO ENAJENACIÓN DE BIENES MUEBLES, que deberá ir acompañada del listado de asistentes con nombre y firma.
- Las organizaciones que soliciten subvenciones para realizar eventos masivos en la vía pública u otros lugares no habituales para este tipo de actividades, deberán solicitar los respectivos permisos a la Intendencia.
- La organización deberá contemplar en su proyecto un ítem de difusión. Por lo cual una vez otorgada la subvención, la organización deberá confeccionar un pendón, lienzo u otro medio publicitario, el que deberá ser exhibido en el lugar de reuniones de la organización, para ello estará disponible el LOGO MUNICIPAL que deberá incorporarse en el pendón.
- La fecha de postulación comienza el 2 de enero hasta el 31 de agosto.